Cambios en la normativa en materia de compatibilidad entre pensión no contributiva y rentas del trabajo

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La entrada en vigor el pasado 2 de enero del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social introduce una nueva fórmula de cálculo que permite que el tope máximo de ingresos del trabajo compatibles con la pensión sea de 6.390,13 euros.

Esta nueva situación supone una mejora legislativa significativa y supone una aproximación notable al régimen de compatibilidad vigente en materia de la asignación por hijo a cargo, que es de 7.862,40 euros anuales (100% del Salario Mínimo Interprofesional).

Pinchando en el siguiente enlace podéis descargar un documento informativo al respecto elaborado por el presidente de AESE y responsable de la Asesoría Jurídica de Laborvalía, Alfonso Gutiérrez.

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